5 ABRIL 2020

Impuesto al Patrimonio

“Estas reformas impactan a las personas, ya que generalmente se traspasa a precio el costo del impuesto”, afirmó el socio del Departamento de Asesoría Legal Tributaria en PwC.

Entender cómo funcionan los impuestos y el tema tributario para una compañía, especialmente para quienes las manejan, puede marcar la diferencia en la optimización de sus recursos y ganancias. De ahí la relevancia e interés de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la UANDES de entregar -especialmente a sus alumnos y profesores- información respecto de cómo la reforma tributaria modifica la ley actual.

Este fue el objetivo de la charla que dictó el viernes 12 de junio el abogado Nicolás Ulloa (DER 05), socio del Departamento de Asesoría Legal Tributaria en PwC, experto en tributación local, derecho corporativo, reorganización de sociedades, creación de estructuras de compra y venta de empresas.

Durante su presentación, el abogado abordó seis temas: el sistema actual del impuesto a la empresa versus los sistemas nuevos; la situación del Fondo de Utilidades Tributables (FUT); la tributación de los bienes raíces, acciones o derechos sociales y de los vehículos nuevos; las PYMES; el impuesto de timbres y estampillas; y, por último, las normas para combatir la elusión y evasión tributaria.

Detalles de la reforma

Entre los principales cambios, Ulloa destacó la introducción de dos nuevos sistemas de tributación del impuesto de primera categoría (impuesto a las empresas), los que coexistirían a partir de 2017. Estos son: el sistema de renta atribuida y el sistema parcialmente integrado.

Asimismo, afirmó que “se realiza un aumento gradual de la tasa de este impuesto, de un 20% a un 25% o 27%, dependiendo del régimen elegido”.

Según el experto, la ley actual incentiva la capitalización de la empresa, penalizando el retiro de los recursos de la empresa para su gusto o consumo, con un impuesto. Con la reforma, explicó, “se estableció un impuesto de tasa baja y se dispuso que, mientras los socios o accionistas no retiraran los recursos de la empresa, no pagarían Impuestos Finales, incentivando el ahorro”.

Otra modificación es el crédito por contribución (renta). Según el abogado, este tipo de reformas impactan a las personas, ya que generalmente se traspasa a precio el costo del impuesto.

Algunos elementos a considerar con la reforma en relación a los bienes raíces, es que será considerado -sólo para personas naturales- ingreso no constitutivo de renta (INR) hasta un monto de utilidad de UF 8.000, con tenencia de al menos un año, y en caso de subdivisión de terrenos y venta de edificios por pisos o departamento, de cuatro años.

En cuanto al IVA, estará exento para los beneficiarios de un subsidio habitacional que haya sido otorgado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Tampoco se aplicará a las ventas y otras transferencias de dominio de inmueble que se efectúen en virtud de un acto o contrato cuya celebración se hubiese hecho antes del 1 de enero de 2016; y las ventas, siempre que dichos bienes cuenten con el permiso de edificación al 1 de enero de 2016, así como las ventas respectivas que se efectúen entre el 1 de enero de 2016 al 1 de enero de 2017.

Respecto a los vehículos nuevos, se introducirán ciertos impuestos verdes, a fin de resguardar la calidad ambiental, que estarán determinados por la emisión de óxido de nitrógeno, el rendimiento urbano del vehículo y el precio de venta del automóvil.

Para las PYMES, por su parte, desde el 1 de enero de 2017 se establecen dos regímenes especiales. Uno aplicable a sociedades de ingresos inferiores a UF 50.000 y otro aplicable a sociedades con ingresos inferiores a UF 100.000.